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NOTICIA DEL MES DE DICIEMBRE 2014
 
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DICIEMBRE 2014
¿Cómo le afecta fiscalmente si compra un décimo y es agraciado?
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Desde el año pasado, cualquier persona que estas Navidades obtenga un premio superior a 2.500 euros verá cómo se le aplica una retención del 20 por ciento.  Es decir, si la suerte le sonríe y su décimo es premiado, por ejemplo, con los 400.000 euros del Gordo le tocará pagar al fisco 79.500 euros.

Los primeros 2.500 euros están exentos y tributará por el resto. Estos impuestos se retendrán directamente en el momento del cobro de décimo premiado. En este sentido, los contribuyentes del IRPF que hayan soportado la retención en el momento del abono del premio, o no la hayan soportado por ser su cuantía inferior a 2.500 euros, no tendrán que presentar ninguna otra autoliquidación.

En España hay una gran tradición de compartir décimos con la familia y amigos y también de comprar directamente participaciones. Pues bien, si usted tiene una partición puede que también sufra el recorte fiscal. Hay que tener en cuenta que a efectos fiscales las participaciones no existen y lo que tributa es el décimo. Por lo tanto, si tiene una participación de un décimo y ese décimo es premiado con más de 2.500 se aplicará la retención y cobrará lo que le corresponda proporcionalmente una vez descontados impuestos.

La retención se aplicará a quien sea el depositario del décimo o gestor de cobro y éste a continuación deberá repartir el premio neto (después de impuestos) entre los participantes.

Identificar a los participantes

Hacienda asegura que el gestor del décimo deberá estar en condiciones de acreditar ante la Administración Tributaria que el premio ha sido repartido a los titulares de participaciones para que cuando se divida el premio no se considere como una donación y se grave con el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Se aconseja que los décimos premiados se cobren a través de las entidades bancarias y que en el propio banco se identifique con nombre, apellidos y DNI a cada una de las personas con quienes se ha compartido el décimo afortunado.

No residentes

Los contribuyentes no residentes sin establecimiento permanente que resulten agraciados y hayan soportado la retención en el momento del abono del premio, podrán solicitar la devolución que pudiera corresponderles por aplicación de un convenio para evitar la doble imposición internacional.



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