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NOTICIA DEL MES DE MAYO 2014
 
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MAYO 2014
Ayuda para la creación de empresas por jóvenes emprendedores 2014.
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Objeto

El objeto y la finalidad de la convocatoria es subvencionar los gastos de creación y puesta en marcha de nuevas actividades económicas por parte de jóvenes emprendedores dentro del término municipal de Pamplona.

No será objeto de esta convocatoria aquellas actividades relacionadas con el juego, bares o similares.

Será causa de exclusión de subvención el haber ejercido la misma o similar actividad por cuenta propia dentro de los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, si el solicitante es una persona jurídica o una sociedad, este requisito debe cumplirse por todos los partícipes o socios integrantes. Tampoco serán subvencionables aquellas actividades económicas que ya hubieran percibido subvención en anteriores ediciones de esta convocatoria.

No se considerarán nuevas actividades económicas a efectos de esta convocatoria aquéllas que, viniendo realizando ya una actividad económica con anterioridad al 2 de octubre de 2013, se den de alta en un nuevo epígrafe del IAE, manteniendo o no la actividad económica inicial.


Cuantía

Hasta el 70 % de la inversión en gastos de creación y puesta en marcha de la empresa, con un límite máximo de 1.500 € para personas físicas, sociedades civiles y sociedades irregulares, y de 2.000 € para personas jurídicas.


Requisitos para solicitar la subvención

I. Personas físicas que tengan entre 18 y 35 (a.i.) y constituyan una unidad económica.

II. Sociedades civiles, irregulares, colectivas o comanditarias simples, en que dos tercios de sus socios hayan cumplido los 18 años y no superen la edad de 35 años.

III. Sociedades de capital (anónimas, responsabilidad limitada o comanditarias por acciones) en que, al menos, dos tercios del capital social deberá estar aportado por socios jóvenes de entre 18 y 35 años de edad.


Plazo y lugar de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y concluirá el 15 de octubre de 2014 (incluido).


Gastos subvencionables

Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación que se establece en esta convocatoria.

A estos efectos, serán gastos subvencionables aquellos gastos relacionados con la creación y puesta en funcionamiento de la actividad económica en el término municipal de Pamplona.

En cuanto a los gastos que puedan considerarse como periódicos, tales como: alquiler de locales (excluyendo fianzas de alquiler), cuotas de Seguridad Social, consumo eléctrico, consumo telefónico y similares, tendrán la consideración de subvencionables y serán tenidos en cuenta, únicamente, los correspondientes a los tres primeros meses a partir de la fecha de inicio de la actividad.


Más información pinchando aquí.



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