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NOTICIA DEL MES DE ABRIL 2014
 
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ABRIL 2014
Ayudas para promoción de empresas artesanas 2014.
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Objeto

Apoyar la promoción comercial de los productos de las empresas artesanas y la formación de las empresas del sector.


Requisitos de los beneficiarios

a) Estar inscritas en el Registro de Empresas Artesanas de Navarra a fecha de 1 de enero de 2013.

b) Tener en vigor el carnet que acredita la condición de empresa artesana de Navarra en la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.


Actuaciones subvencionables e importe de la subvención.

1. Son gastos subvencionables las actividades de participación en ferias, promoción y formación realizadas en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2013 y el 30 de septiembre de 2014, ambos inclusive.

A estos efectos se considerará como fecha de realización del gasto la fecha de facturación.

2. Se consideran subvencionables las actividades realizadas dentro de las siguientes líneas de actuación:

a) Participación en ferias.

- Gastos de inscripción, alquiler de espacio y montaje del stand.
- Transporte del material con vehículo propio: se indemnizará con una compensación de 0,30 euros/kilómetro, por el viaje de ida y de vuelta del material, admitiéndose también los gastos de peaje.
- Transporte del material con otros medios: se admite el gasto del transporte empleado o del vehículo alquilado, admitiéndose en este último caso además, los gastos de combustible y peaje.
- En el caso de ferias que tengan lugar en el extranjero, se subvencionarán además los conceptos de gastos de viaje y alojamiento de una persona por empresa artesana. No es subvencionable el concepto de manutención.

b) Edición de material promocional.

- Edición de catálogos, folletos o material análogo.
- Inserción de anuncios en medios de publicidad y de comunicación e información.
- Implantación de páginas web por primera vez: gastos iniciales de diseño, creación y contratación de dominio.

c) Asistencia a cursos de perfeccionamiento profesional y formación empresarial básica para artesanos.

3. El importe de la subvención consistirá en un porcentaje a aplicar sobre la base de los gastos subvencionables, conforme al siguiente detalle:

a) Participación en ferias: Subvención de un 50%, con un máximo de 1.500 euros por cada feria y un máximo de 5.800 euros por empresa solicitante y periodo subvencionable.

b) Edición de material promocional: Subvención de un 50%, con un máximo de 2.000 euros por empresa solicitante y periodo subvencionable.

c) Asistencia a cursos de perfeccionamiento profesional y formación empresarial básica para artesanos: Subvención de un 50%, con un máximo de 2.000 euros por empresa solicitante y periodo subvencionable.


Presentación de la solicitud

La solicitud y la justificación de las actuaciones realizadas se presentarán en los siguientes plazos:

a) Para las actuaciones realizadas en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2013 y el 20 de abril de 2014, ambos inclusive, se presentará una solicitud en el plazo comprendido entre el 21 de abril de 2014 y el 17 mayo de 2014, ambos inclusive.

b) Para las actuaciones realizadas entre el 21 de abril de 2014 y el 30 de septiembre de 2014, ambos inclusive, se presentará una solicitud en el plazo comprendido entre el 1 de octubre de 2014 y el 25 de octubre de 2014, ambos inclusive.



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