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NOTICIA DEL MES DE ABRIL 2014
 
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ABRIL 2014
Subvención a microempresas y pequeñas empresas navarras.
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Finalidad

- Cubrir las carencias detectadas en las microempresas y pequeñas empresas navarras en la utilización de las herramientas TIC (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones), utilizando de forma preferente herramientas de calidad y bajo coste.

- Fomentar la cooperación entre las empresas navarras en el desarrollo de aplicaciones TIC para la empresa, priorizando los proyectos enmarcados en las actuales tendencias de futuro y con apoyo al sector TIC navarro.


Proyectos subvencionables

Los proyectos subvencionables serán de dos tipos:

A. Incorporación de TIC en microempresas y pequeñas empresas.
B. Cooperación en soluciones TIC innovadoras.

Los proyectos tipo A consistirán en implantaciones TIC en los siguientes ámbitos:

–Nuevas páginas web con sistemas de administrador de contenidos estándares, sin restricciones para su gestión.
–Aplicaciones de comercio electrónico desarrollado sobre sistemas estándares.
–Servicios en la nube (cloud computing) mediante pago por uso.

Los proyectos tipo B consisten en cooperación en soluciones TIC innovadoras tendentes a resolver una problemática o generar una oportunidad de negocio en una empresa a través de la cooperación con otra empresa desarrolladora TIC. El proyecto de cooperación TIC deberá trabajar necesariamente uno o varios de los tres ámbitos siguientes:

–Movilidad.
–Servicios en la nube.
–Internet de las cosas.


Beneficiarios

1. No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas en crisis.

2. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas con domicilio fiscal en Navarra que cumplan los requisitos que se establecen a continuación:

a) Las beneficiarias de proyectos tipo A deberán ser:

- Microempresas, para los proyectos de diseño e implantación de nuevas páginas web (empresas autónomas de menos de 10 trabajadores y que facturen menos de 2 millones de euros o tengan menos de 2 millones de euros de activo total). Los datos a tener en cuenta corresponden al del penúltimo ejercicio económico cerrado en la fecha de solicitud.

- Pequeñas empresas, para las aplicaciones de comercio electrónico y servicios en la nube (empresas autónomas de menos de 50 trabajadores y que facturen menos de 10 millones de euros o tengan menos de 10 millones de euros de activo total).

b) Las beneficiarias de proyectos tipo B deberán ser:

–La entidad que implanta el proyecto TIC, que puede ser una empresa o una asociación empresarial.
–La empresa desarrolladora TIC.

c) Estar inscritas, en su caso, en el Registro Industrial de Navarra.


Gastos subvencionables y periodo de realización

En los proyectos tipo A, serán subvencionables los gastos del coste de la colaboración externa de la empresa desarrolladora TIC con los siguientes presupuestos máximos:

- Páginas web: 2.000 euros.
- Comercio electrónico: 6.000 euros.
- Servicios en la nube: 2.000 euros.

En los proyectos tipo B, los gastos subvencionables serán:

- En la entidad que implanta el proyecto TIC: los costes del desarrollador TIC y otros costes externos directamente asociados al proyecto, con un presupuesto máximo de 30.000 euros.
- En la empresa desarrolladora TIC: los costes externos tecnológicos asociados al proyecto (colaboraciones externas, formación,..), con un presupuesto máximo de 10.000 euros.

No serán subvencionables el hardware, las licencias, los gastos de personal, otros gastos internos y los costes indirectos.

El periodo para la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de octubre de 2014.


Importe de la subvención

Los importes de la subvención, en función del tipo de proyecto y del tamaño del beneficiario, serán los que se señalan a continuación.

En los proyectos tipo A, el porcentaje de subvención sobre los gastos subvencionables será el siguiente en función de la actuación a realizar:

- Páginas web de la empresa: 50%.
- Comercio Electrónico: 60%.
- Servicios en la nube: 40%.

En los proyectos tipo B, el porcentaje de subvención sobre los gastos subvencionables será el siguiente en función del tipo de empresa:

- Empresa que implanta el proyecto TIC:

- Microempresa: 50%.
- Pequeña empresa: 40%.
- Mediana Empresa: 30%.
- Gran empresa: 20%.
- Asociación empresarial: 70%.
- Empresa o entidad cuya facturación procedente del sector público durante el último ejercicio cerrado sea superior al 50%: 0%.

- Empresa desarrolladora TIC:

- Microempresa: 40%.
- Pequeña empresa: 30%.
- Mediana Empresa: 20%.


Presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y finalizará el 31 de mayo de 2014.



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